lunes, 30 de marzo de 2009

Constitución Política


I. Función de la Constitución Política

Introducción

La Constitución Política suele ser la respuesta a un conflicto que se pretende interpretar y cuya solución es esperada dentro del nuevo orden jurídico, y ello es así por cuanto ésta, es más que una simple redacción de disposiciones normativas de singular importancia, es adicionalmente y por excelencia un instrumento político que marca no sólo las bases filosóficas, axiológicas y teleológicas del Estado, sino el cómo estará distribuido el poder en él

1.1 El sistema jurídico

Hoy en día es imprescindible entender que el derecho se materializa en un sistema jurídico y que en consecuencia, es una estructura compleja regida por parámetros de jerarquía y especialidad que se encuentra interconectada, lo cual obliga a redimensionar su papel y su función.

1.2 Carácter de la Constitución Política

La Constitución Política es un instrumento político por naturaleza, pero a más de ello es un instrumento normativo. Político por cuanto representa un mecanismo de reparto del poder, normativo por su fuerza vinculante indiscutible de deriva de su mayor jerarquía dentro del sistema jurídico.

1.3 Razón de ser de la Constitución

El análisis de esta compleja cuestión es el objeto de este punto. En él convergen concepciones que parten de su justificación para la garantía de los derechos fundamentales, hasta lecturas que la justifican como mecanismo para controlar el poder, e incluso, instrumento para el mantenimiento del mismo y la garantía de privilegios de clase.


1.4 Aspectos de intervención constitucional

Los aspectos de intervención constitucional están demarcados por sus fines, en la medida en que a partir de sus compromisos políticos, se derivan los aspectos económicos, políticos, sociales, culturales en los cuales debe intervenir.

1.5 Tipología constitucional

Se hace un análisis comparativo entre los distintos modelos de constituciones existentes, partiendo de los extremos de las constituciones rígidas hasta las flexibles. En el entretanto, se analizan los puntos intermedios.


1.6 Objetivos constitucionales

Se hace énfasis en el estudio de las razones que justifican la creación de la Constitución. Esas razones están caracterizadas por los fines de la constitución que a más de representar los fines del Estado, abarcan otros fines de control social que son implícitos al cuerpo constitucional.

Estado, sociedad y conflicto


I. Estado, sociedad y conflicto

Introducción

En este eje temático se pretende realizar un breve análisis relacionado con la compleja problemática que gira en torno al conflicto constitucional, a sus matices y a los instrumentos procesales diseñados constitucionalmente para hacer prevalecer la supremacía de los principios, derechos y valores plasmados en la Constitución, que muy frecuentemente se encuentran amenazados por las circunstancias fácticas que dificultan el logro de los cometidos estatales y por ende, la concreción del
Estado Social de Derecho.


1.1 El escenario social

En este punto se parte de la base de que el hombre en su dimensión social, propicia las condiciones para el desarrollo y logro de sus objetivos, y es allí, en la sociedad, donde interactuará y generará nuevos requerimientos en procura de su bienestar.


1.2 Sociedad y conflicto

El escenario social es a su vez el medio natural para la presentación del conflicto, en la medida en que se presenta la pugna natural de intereses individuales que desencadenarán en él. Allí, el conflicto se concibe como un fenómeno connatural al hombre en sociedad.


1.3 El conflicto como elemento de desarrollo social

Aquí se plantea que el conflicto es un elemento que tiene múltiples lecturas, pero indudablemente una de ellas conduce al desarrollo social, en la medida en que obliga a la búsqueda de soluciones que a la postre se traducirán en beneficio para todo el grupo o parte de él.

2- El Estado-
El Estado es la superestructura más compleja a la que llega la sociedad políticamente organizada, y ello implica que los conflictos que giran en torno a él, sean más variados y multicausales. Por ello, el entendimiento de lo que el Estado es, sus fundamentos, fines y funciones, es esencial para el esclarecimiento de la teoría del conflicto constitucional.

2.1 Teorías que justifican su existencia

Múltiples teorías justifican la existencia del Estado, por eso es importante realizar un análisis crítico de las más importantes propuestas en torno a la materia. Por ello se realiza un estudio de las teorías teocráticas, de la fuerza, y especialmente de las teorías jurídicas, haciendo énfasis en las c
ontractualistas para tratar de justificar la existencia del Estado.

2.3 Organización política, conflicto y derecho.

La organización política tiene entre sus fundamentos principales, la canalización de los conflictos por los causes del derecho, para evitar la anarquía y en general el uso privado de la fuerza que atentaría contra la propia estructura política y en general, contra el grupo social, fin último de aquella.

Presentación del curso

En este curso virtual se pretende abordar el tema del conflicto constitucional desde diversas perspectivas, teniendo en cuenta su complejidad y partiendo de la base de la pluralidad de sus causas, no limitadas de manera exclusiva a los aspectos jurídicos, sino, sociológicos, económicos y políticos.

En ese contexto, el conflicto constitucional se presenta como un fenómeno amplio que puede ser abordado desde varios frentes, uno de los cuales le corresponde al tribunal constitucional, pero se reconoce que este conflicto especial, no se agota en el escenario del control de constitucionalidad.



"In This virtual course is intended to address the issue of the constitutional conflict from a Different perspective, taking into account their Complexity and on the basis of plurality of causes, not Limited exclusively to the legal aspects, but Sociological, economic and political.

In that context, the constitutional conflict is presented as a phenomenon Wide that can be approached from several fronts, one of which is Corresponds to the constitutional court, but recognizes that this conflict Particular, does not end on the stage of judicial review. "